InvestigaciónDocumento
En línea
1448/20-01-02-5OtroTFJA11ª Época✓ Fuente verificada
Verificado contra fuente oficial
TFJA · Segunda Sala Regional en Baja California

La fundamentación y motivación de las cédulas de liquidación de cuotas obrero patronales emitidas por el Instituto Mexicano del Seguro Social deben precisar las fracciones aplicables del artículo 29 de la Ley del Seguro Social y explicar las razones por las cuales el caso particular del contribuyente encuadra en dichas hipótesis, a fin de cumplir con la garantía de seguridad jurídica.

Expediente
1448/20-01-02-5
Tribunal
Tribunal Federal de Justicia Administrativa
Ponente
Fecha
2 jun 2026
Materia
fiscal
Sentido
otro

Holding · resolución sintética

La fundamentación y motivación de las cédulas de liquidación de cuotas obrero patronales emitidas por el Instituto Mexicano del Seguro Social deben precisar las fracciones aplicables del artículo 29 de la Ley del Seguro Social y explicar las razones por las cuales el caso particular del contribuyente encuadra en dichas hipótesis, a fin de cumplir con la garantía de seguridad jurídica.

Resumen

El Tribunal Federal de Justicia Administrativa declaró la nulidad lisa y llana de una cédula de liquidación de cuotas obrero patronales. Determinó que el Instituto Mexicano del Seguro Social no cumplió con los requisitos de fundamentación y motivación al citar de manera genérica el artículo 29 de la Ley del Seguro Social, sin especificar las fracciones aplicables ni explicar por qué el caso del contribuyente encuadraba en ellas. Por lo anterior, se consideró que la resolución carecía de la debida fundamentación y motivación exigida por la ley.

Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.