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274/2023Juzgado11ª Época✓ Fuente verificada
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Juzgado Tercero de Distrito en Materia de Extinción de Dominio con Competencia en la República Mexicana y Especializado en Juicios Orales Mercantiles en el Primer Circuito

La continencia de la causa indivisible se configura cuando las acciones ejercidas derivan de un mismo hecho generador, lo que determina la incompetencia de un juzgador para conocer de prestaciones accesorias reclamadas en un juicio diverso al que resolvió la acción principal.

Expediente
274/2023
Tribunal
Juzgado Tercero de Distrito en Materia de Extinción de Dominio con Competencia en la República Mexicana y Especializado en Juicios Orales Mercantiles en el Primer Circuito
Ponente
Jose Jorge Rojas López
Fecha
10 may 2023
Materia
mercantil
Sentido

Holding · resolución sintética

La continencia de la causa indivisible se configura cuando las acciones ejercidas derivan de un mismo hecho generador, lo que determina la incompetencia de un juzgador para conocer de prestaciones accesorias reclamadas en un juicio diverso al que resolvió la acción principal.

Resumen

El presente acuerdo de desechamiento se emite al advertir el juzgador su incompetencia para conocer de un juicio oral mercantil. La parte actora reclama la devolución de cargos en una tarjeta de crédito que previamente desconoció y cuya nulidad fue materia de otro juicio. El juzgador determina que, al derivar ambas acciones de la misma causa generadora, la devolución de los cargos constituye una prestación accesoria que debió reclamarse ante el juez que resolvió la nulidad, configurándose una continencia de la causa indivisible. Por lo tanto, se desecha la demanda por incompetencia y se ponen los documentos a disposición del actor.

Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.