La fundamentación y motivación de la competencia de una autoridad fiscal para solicitar información y documentación durante una visita domiciliaria debe citar los preceptos legales que le otorgan facultades expresas, así como las circunstancias particulares que justifican dicha solicitud, para garantizar la seguridad jurídica del gobernado.
La Segunda Sección de la Sala Superior del Tribunal Federal de Justicia Administrativa analizó si la orden de visita domiciliaria emitida por la autoridad fiscal se encontraba debidamente fundada y motivada en cuanto a su competencia para solicitar información y documentación. La actora argumentó que la orden era ilegal por no citar los fundamentos competenciales específicos para requerir datos como el nombre del representante legal o modificaciones a la escritura constitutiva. La autoridad defendió que la facultad de visita domiciliaria (artículo 42, fracción III, CFF) implicaba la posibilidad de solicitar toda la información necesaria. El Tribunal determinó que, si bien la facultad de visita domiciliaria permite solicitar información, la orden debe citar expresamente los preceptos legales que facultan a la autoridad para realizar tales requerimientos y motivar las razones específicas, cumpliendo así con el derecho fundamental de legalidad y seguridad jurídica.
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