Cuarto Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Primer Circuito· tema sin holding extraído
En el proyecto se propone negar el amparo, pues contrario a lo referido por la quejosa, en el caso no se advierte que hubiera precluido alguna facultad para la autoridad, pues no actuó fuera de los plazos del artículo 22 del Código Fiscal de la Federación. Además, el hecho que en cumplimiento a lo resuelto por este Tribunal, la Sala hubiera determinado que con los contratos exhibidos por la quejosa, cumplió el requisito consistente en la descripción del servicio que amparan los comprobantes fiscales, no implica que una vez evidenciada la ilegalidad de la resolución originalmente recurrida al sostener que en los comprobantes no describe detalladamente el servicio prestado, la autoridad no esté en posibilidad de determinar si los gastos eran estrictamente indispensables, pues tal tópico no ha sido analizado en el fondo.
Expediente
212/2024
Tribunal
Cuarto Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Primer Circuito
Ponente
Ricardo Gallardo Vara
Fecha
12 jun 2024
Materia
administrativa
Sentido
Tema · autorreporte del tribunal
En el proyecto se propone negar el amparo, pues contrario a lo referido por la quejosa, en el caso no se advierte que hubiera precluido alguna facultad para la autoridad, pues no actuó fuera de los plazos del artículo 22 del Código Fiscal de la Federación. Además, el hecho que en cumplimiento a lo resuelto por este Tribunal, la Sala hubiera determinado que con los contratos exhibidos por la quejosa, cumplió el requisito consistente en la descripción del servicio que amparan los comprobantes fiscales, no implica que una vez evidenciada la ilegalidad de la resolución originalmente recurrida al sostener que en los comprobantes no describe detalladamente el servicio prestado, la autoridad no esté en posibilidad de determinar si los gastos eran estrictamente indispensables, pues tal tópico no ha sido analizado en el fondo.
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