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1021/2019OtroSCJN10ª Época✓ Fuente verificada
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PRIMERA SALA

La deducción de los consumos en restaurantes, tratándose de personas morales y físicas con actividades empresariales y profesionales, se limita hasta por un monto del 12.5% del pago realizado, conforme a la Ley del Impuesto Sobre la Renta vigente.

Expediente
1021/2019
Tribunal
Suprema Corte de Justicia de la Nación
Ponente
JORGE MARIO PARDO REBOLLEDO
Fecha
13 may 2020
Materia
sin clasificar
Sentido
otro

Holding · resolución sintética

La deducción de los consumos en restaurantes, tratándose de personas morales y físicas con actividades empresariales y profesionales, se limita hasta por un monto del 12.5% del pago realizado, conforme a la Ley del Impuesto Sobre la Renta vigente.

Resumen

El presente caso analiza la procedencia de la deducción de los consumos en restaurantes para personas morales y físicas con actividades empresariales y profesionales. La Ley del Impuesto Sobre la Renta (ISR) establece un límite del 12.5% del pago realizado para esta deducción. El análisis se centra en la interpretación de esta disposición y su aplicación a los contribuyentes.

Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.