La equiparación de los delitos fiscales a la delincuencia organizada, para efectos de la prisión preventiva oficiosa, es inconstitucional cuando no se actualizan los elementos propios de la delincuencia organizada ni se afecta la seguridad nacional.
El presente amparo indirecto se promovió contra reformas a diversas leyes, incluyendo el Código Fiscal de la Federación, que equiparan ciertos delitos fiscales a la delincuencia organizada, lo que conlleva la prisión preventiva oficiosa. La quejosa argumenta que esta equiparación viola los principios de presunción de inocencia, legalidad penal y taxatividad, al considerar que los delitos fiscales no encuadran en los supuestos de delincuencia organizada ni atentan contra la seguridad nacional. La Suprema Corte analiza si la reforma, al establecer la prisión preventiva oficiosa para estos delitos, cumple con los requisitos constitucionales.
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