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288/24-22-01-9OtroTFJA11ª Época✓ Fuente verificada
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TFJA · Tercera Sala Regional en Coahuila y Auxiliar SS/13/2024

La prescripción de un crédito fiscal opera si la autoridad fiscal no acredita haber realizado gestiones de cobro que interrumpan el plazo, o si estas no se hacen del conocimiento del deudor.

Expediente
288/24-22-01-9
Tribunal
Tribunal Federal de Justicia Administrativa
Ponente
Fecha
12 mar 2025
Materia
fiscal
Sentido
otro

Holding · resolución sintética

La prescripción de un crédito fiscal opera si la autoridad fiscal no acredita haber realizado gestiones de cobro que interrumpan el plazo, o si estas no se hacen del conocimiento del deudor.

Resumen

El Tribunal Federal de Justicia Administrativa declaró la nulidad lisa y llana de los actos impugnados, incluyendo la inmovilización de cuentas bancarias, al determinar que operó la prescripción del crédito fiscal subyacente. La Sala determinó que la autoridad fiscal no demostró haber realizado gestiones de cobro efectivas y notificadas al deudor, ni haber actuado conforme a derecho ante la prescripción del crédito, lo que dejó al actor en estado de indefensión.

Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.