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16/2015OtroJuzgado11ª Época✓ Fuente verificada
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Juzgado Tercero de Distrito en el Estado de Durango

La responsabilidad penal por los delitos de defraudación fiscal y defraudación fiscal equiparada se configura cuando el sujeto activo, en su calidad de administrador único de una persona moral, omite el pago de las contribuciones fiscales correspondientes, generando un perjuicio al erario.

Expediente
16/2015
Tribunal
Juzgado Tercero de Distrito en el Estado de Durango
Ponente
Carlos Eduardo López Fuentes
Fecha
13 oct 2025
Materia
sin clasificar
Sentido
otro

Holding · resolución sintética

La responsabilidad penal por los delitos de defraudación fiscal y defraudación fiscal equiparada se configura cuando el sujeto activo, en su calidad de administrador único de una persona moral, omite el pago de las contribuciones fiscales correspondientes, generando un perjuicio al erario.

Resumen

El presente fallo determina la responsabilidad penal de un administrador único por los delitos de defraudación fiscal y defraudación fiscal equiparada, al haber omitido el pago de contribuciones. Se le impone una pena de prisión y multa, concediéndosele sustitutivos de la pena y el beneficio de condena condicional, siempre que garantice los créditos fiscales. Asimismo, se declara improcedente la reparación del daño y se suspenden ciertos derechos del sentenciado.

Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.