La responsabilidad penal se acredita con elementos objetivos y no con apreciaciones subjetivas o afirmaciones inexactas.
La Suprema Corte de Justicia de la Nación analiza la validez de una sentencia condenatoria por diversos delitos. Se aborda la supuesta falta de facultades del fiscal para interrogar coacusados y la acreditación de la responsabilidad penal con elementos insuficientes o inexactos. El tribunal determina que la responsabilidad penal debe basarse en pruebas objetivas y no en apreciaciones subjetivas o afirmaciones imprecisas, y que el fiscal sí contaba con facultades para interrogar en las circunstancias específicas del caso.
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