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SJF · Tesis

La Tesorería del Distrito Federal no está facultada para negar la devolución de impuestos indebidamente pagados, cuando existe una orden de cancelación y devolución emitida por una autoridad superior, como el Jefe del Departamento del Distrito Federal, máxime si el artículo invocado para justificar la negativa no es aplicable al caso.

Expediente
Tribunal
Semanario Judicial de la Federación
Ponente
Fecha
1 ene 1940
Materia
administrativa
Sentido

Holding · resolución sintética

La Tesorería del Distrito Federal no está facultada para negar la devolución de impuestos indebidamente pagados, cuando existe una orden de cancelación y devolución emitida por una autoridad superior, como el Jefe del Departamento del Distrito Federal, máxime si el artículo invocado para justificar la negativa no es aplicable al caso.

Resumen

Se analiza la facultad de la Tesorería del Distrito Federal para negar la devolución de impuestos de patente indebidamente pagados. El Jefe del Departamento del Distrito Federal ordenó la cancelación de las cuentas y la devolución de las cantidades pagadas por dicho impuesto. La Tesorería se negó a acatar la orden, invocando el artículo 13 de la ley para la liquidación de rezagos fiscales. Sin embargo, el tribunal determinó que dicho artículo no era aplicable, ya que el caso no se trataba de un rezago fiscal, sino de la devolución de un pago carente de fundamento jurídico.

Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.