La exclusión probatoria de las pruebas obtenidas durante un arraigo declarado inconstitucional debe analizarse a la luz de la vinculación directa e inmediata con dicho acto, sin que ello implique la exclusión automática de aquellas obtenidas con anterioridad.
El presente caso aborda la exclusión probatoria derivada de la inconstitucionalidad de una orden de arraigo. La Suprema Corte determinó que, si bien la orden de arraigo fue declarada inconstitucional, las pruebas utilizadas para sustentar la condena del quejoso no fueron obtenidas durante dicho arraigo, sino con anterioridad. Por lo tanto, no existía una necesidad de exclusión probatoria automática, debiendo analizarse la vinculación directa e inmediata de las pruebas con el acto inconstitucional.
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