El recurso de reclamación es improcedente contra acuerdos de trámite que ordenan la remisión de un escrito de demanda de amparo a un Juzgado de Distrito, cuando la Suprema Corte de Justicia de la Nación no es la competente para conocer del juicio de amparo directo.
La Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación determinó la improcedencia de un recurso de reclamación interpuesto contra un acuerdo de trámite que ordenó la remisión de una demanda de amparo a un Juzgado de Distrito. La Sala consideró que la Suprema Corte no es competente para conocer de juicios de amparo directo en este caso, y que la pretensión del recurrente de que la Corte conozca del amparo es infundada, ya que el asunto debe ser tramitado por el Juez de Distrito competente.
Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.