El interés jurídico en el juicio de amparo se acredita cuando se demuestra la titularidad de los contratos de mutuo con interés y garantía hipotecaria celebrados con el Fondo de Vivienda, así como el aumento en las deducciones por concepto de "COBRO FOVISSSTE".
La Suprema Corte de Justicia de la Nación analizó el interés jurídico de derechohabientes del FOVISSSTE que celebraron contratos de mutuo con interés y garantía hipotecaria. Se determinó que, si bien los recibos de pago en copia fotostática carecían de valor probatorio por sí solos, al concatenarse con copias certificadas de la autoridad responsable, acreditaban la titularidad de los contratos y el aumento en las deducciones "COBRO FOVISSSTE", lo cual era suficiente para tener por demostrado el interés jurídico para promover el amparo.
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