La nulidad de una orden de visita domiciliaria, por vicios en su origen, debe ser lisa y llana, al ser nulo todo el procedimiento de fiscalización desde su inicio.
La presente tesis establece que si una orden de visita domiciliaria contiene vicios, la nulidad debe ser lisa y llana. Esto se debe a que la ilegalidad en la orden de origen anula todo el procedimiento de fiscalización desde su inicio, impidiendo que la autoridad fiscal ejerza sus facultades de comprobación. Por lo tanto, la nulidad no puede ser declarada solo para efectos, ya que el procedimiento ni siquiera llegó a instaurarse válidamente.
Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.