El juicio de nulidad es improcedente contra Normas Oficiales Mexicanas autoaplicativas si la demanda se presenta fuera del plazo de treinta días naturales posteriores a su entrada en vigor, al actualizarse la figura del consentimiento y, por ende, la causal de sobreseimiento.
La Cuarta Sala Regional en la Ciudad de México del Tribunal Federal de Justicia Administrativa determinó sobreseer el juicio de nulidad promovido contra las Normas Oficiales Mexicanas NOM-005-SCFI-2017 y NOM-185-SCFI-2017. La Sala consideró que dichas normas son de naturaleza autoaplicativa, lo que significa que su entrada en vigor genera obligaciones directas para los particulares. Dado que la demanda se presentó fuera del plazo legal de treinta días posteriores a la entrada en vigor de las normas, se actualizó la causal de improcedencia por consentimiento, llevando al sobreseimiento del juicio.
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