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100/2019TCC11ª Época✓ Fuente verificada
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SJF · Ejecutoria

El recurso de revisión fiscal debe desecharse cuando es interpuesto por una autoridad que carece de legitimación procesal, al no ser la unidad administrativa encargada de la defensa jurídica del ente público.

Expediente
100/2019
Tribunal
Gaceta del Semanario Judicial de la Federación
Ponente
Fecha
10 may 2021
Materia
sin clasificar
Sentido

Holding · resolución sintética

El recurso de revisión fiscal debe desecharse cuando es interpuesto por una autoridad que carece de legitimación procesal, al no ser la unidad administrativa encargada de la defensa jurídica del ente público.

Resumen

El Tribunal Colegiado determinó desechar el recurso de revisión fiscal interpuesto por el Subdelegado de Administración del ISSSTE, al carecer de legitimación procesal para ello. Se estableció que, conforme al artículo 63 de la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo, la defensa jurídica y la interposición de dicho recurso corresponden exclusivamente a la Unidad Jurídica de la delegación, y no a otras áreas administrativas, aun cuando puedan suplir al delegado en sus ausencias.

Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.