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219/2024TCC11ª Época✓ Fuente verificada
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Décimo Cuarto Tribunal Colegiado en Materia de Trabajo del Primer Circuito· tema sin holding extraído

Se niega el amparo, pues contrario a lo que afirme el quejoso, la responsable analizó los contratos exhibidos y concluyó que la temporalidad del contrato de la actora sí está justificada; sin embargo, no controvierte las consideraciones vertidas en la sentencia sobre la subsistencia de la materia del trabajo y por las que se concluyó que la acción principal es procedente.

Expediente
219/2024
Tribunal
Décimo Cuarto Tribunal Colegiado en Materia de Trabajo del Primer Circuito
Ponente
Tarsicio Aguilera Troncoso
Fecha
27 jun 2024
Materia
laboral
Sentido

Tema · autorreporte del tribunal

Se niega el amparo, pues contrario a lo que afirme el quejoso, la responsable analizó los contratos exhibidos y concluyó que la temporalidad del contrato de la actora sí está justificada; sin embargo, no controvierte las consideraciones vertidas en la sentencia sobre la subsistencia de la materia del trabajo y por las que se concluyó que la acción principal es procedente.

Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.