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732/2025TCC11ª Época✓ Fuente verificada
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Primer Tribunal Colegiado de Apelación en Materia Penal del Primer Circuito

La aplicación del artículo 64 del Código Penal Federal, en su redacción vigente al momento de los hechos, debe ser de forma motivada y justificada, otorgando al juzgador la potestad de decidir si aumenta o no la pena prevista por el delito de mayor penalidad en caso de concurso ideal.

Expediente
732/2025
Tribunal
Primer Tribunal Colegiado de Apelación en Materia Penal del Primer Circuito
Ponente
Taissia Cruz Parcero
Fecha
18 may 2026
Materia
sin clasificar
Sentido

Holding · resolución sintética

La aplicación del artículo 64 del Código Penal Federal, en su redacción vigente al momento de los hechos, debe ser de forma motivada y justificada, otorgando al juzgador la potestad de decidir si aumenta o no la pena prevista por el delito de mayor penalidad en caso de concurso ideal.

Resumen

El tribunal de apelación modificó la sentencia de enjuiciamiento al considerar que la aplicación del artículo 64 del Código Penal Federal, referente al concurso ideal, debe ser una potestad del juzgador y no una obligación, requiriendo justificación y motivación para el aumento de la pena. Adicionalmente, se declaró inadmisible la adhesión al recurso de apelación de la parte ofendida por no haber combatido los agravios del recurrente principal.

Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.