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338/2024TCC11ª Época✓ Fuente verificada
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Tercer Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Segundo Circuito· tema sin holding extraído

En el proyecto se propone confirmar la sentencia y sobreseer en el juicio, en atención a que contrario a lo que se alega en vía de agravios, se estima correcto el sobreseimiento respecto de los actos atribuidos a las instituciones bancarias, porque no son autoridades para efectos del juicio de amparo. Asimismo, se considera correcto el sobreseimiento en el juicio, con relación al embargo de las cuentas bancarias de la persona quejosa, porque para controvertir las actuaciones emitidas en un procedimiento de ejecución, se está obligado a esperar el dictado de la última resolución en dicho procedimiento, y agotar los recursos ordinarios de defensa que procedan en su contra. En tal virtud, en contra de la inmovilización de las cuentas bancarias, la quejosa debió promover el medio de defensa ordinario correspondiente. Finalmente, se propone también confirmar el sobreseimiento en el juicio por falta de interés jurídico, al no haber demostrado la titularidad de algunas de las cuentas bancarias.

Expediente
338/2024
Tribunal
Tercer Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Segundo Circuito
Ponente
Guillermo Nuñez Loyo
Fecha
9 abr 2026
Materia
administrativa
Sentido

Tema · autorreporte del tribunal

En el proyecto se propone confirmar la sentencia y sobreseer en el juicio, en atención a que contrario a lo que se alega en vía de agravios, se estima correcto el sobreseimiento respecto de los actos atribuidos a las instituciones bancarias, porque no son autoridades para efectos del juicio de amparo. Asimismo, se considera correcto el sobreseimiento en el juicio, con relación al embargo de las cuentas bancarias de la persona quejosa, porque para controvertir las actuaciones emitidas en un procedimiento de ejecución, se está obligado a esperar el dictado de la última resolución en dicho procedimiento, y agotar los recursos ordinarios de defensa que procedan en su contra. En tal virtud, en contra de la inmovilización de las cuentas bancarias, la quejosa debió promover el medio de defensa ordinario correspondiente. Finalmente, se propone también confirmar el sobreseimiento en el juicio por falta de interés jurídico, al no haber demostrado la titularidad de algunas de las cuentas bancarias.

Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.