La concesión unilateral de pensiones por jubilación por parte de un Congreso Local, con cargo al presupuesto del Poder Judicial de la entidad, vulnera la autonomía de gestión presupuestal y el principio de división de poderes.
La Suprema Corte de Justicia de la Nación resolvió una controversia constitucional promovida por el Poder Judicial del Estado de Morelos contra el Decreto 1288 emitido por el Congreso Local, el cual concedía una pensión por jubilación a un ciudadano con cargo al presupuesto del Poder Judicial. La Corte determinó que dicha acción legislativa invade la esfera de competencia del Poder Judicial, afectando su autonomía presupuestal y el principio de división de poderes, al disponer de sus recursos sin su intervención. Por ello, se declaró la invalidez parcial del artículo 2o. del decreto impugnado.
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