El Congreso de la Unión, al expedir leyes de ingresos municipales, no puede invadir las facultades exclusivas de la Federación en materia de hidrocarburos, reservadas constitucionalmente al ámbito federal.
El Poder Ejecutivo Federal promovió controversia constitucional contra la Ley de Ingresos del Municipio de Cruillas, Tamaulipas, para el ejercicio fiscal 2025, argumentando que el artículo 27, fracción X, incisos a y b, invadía las facultades exclusivas de la Federación en materia de hidrocarburos. La Suprema Corte de Justicia de la Nación determinó que los municipios no pueden legislar en esta materia, ya que las facultades legislativas y de ejecución en materia de hidrocarburos corresponden exclusivamente a la Federación, conforme a los artículos 25, 27, 28 y 73 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como a la Ley de Hidrocarburos.
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