La prueba pericial sobre la forma en que la negociación causante llevó la contabilidad de sus ingresos es improcedente cuando la litis en el juicio de nulidad fiscal se limita a la procedencia o improcedencia de una exención.
En un juicio de nulidad fiscal, si la controversia se centra únicamente en determinar si procede o no una exención del Impuesto de Ingresos Mercantiles, conforme a las fracciones I y III del artículo 9o. de la ley aplicable, no es pertinente analizar una prueba pericial que versaría sobre la contabilidad de ingresos de la empresa. Esto se debe a que dicho análisis contable es ajeno a la cuestión jurídica central planteada en la litis.
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