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5134/2021OtroSCJN11ª Época✓ Fuente verificada
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PRIMERA SALA

La caducidad de la instancia en el juicio de nulidad, al anular los actos procesales y sus consecuencias, no afecta las relaciones de derecho sustantivo existentes entre las partes.

Expediente
5134/2021
Tribunal
Suprema Corte de Justicia de la Nación
Ponente
ALFREDO GUTIÉRREZ ORTIZ MENA
Fecha
9 nov 2022
Materia
sin clasificar
Sentido
otro

Holding · resolución sintética

La caducidad de la instancia en el juicio de nulidad, al anular los actos procesales y sus consecuencias, no afecta las relaciones de derecho sustantivo existentes entre las partes.

Resumen

La Suprema Corte de Justicia de la Nación analiza los efectos de la caducidad de la instancia en el juicio de nulidad, específicamente lo dispuesto por el artículo 378 del Código Fiscal de la Federación. Se determina que la caducidad tiene como efecto anular los actos procesales y sus consecuencias, considerando la demanda como no presentada, y que lo actuado en el proceso caduco no puede ser invocado en un juicio futuro sobre la misma controversia. Sin embargo, se aclara que esta figura no influye en las relaciones de derecho sustantivo preexistentes entre las partes.

Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.