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23/2025TCC11ª Época✓ Fuente verificada
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SJF · Ejecutoria

El cobro de derechos por la expedición de copias certificadas de documentos, para ser constitucional, debe guardar una relación razonable con el costo que para el Estado implica la prestación de dicho servicio, sin que persiga fines de lucro.

Expediente
23/2025
Tribunal
Gaceta del Semanario Judicial de la Federación
Ponente
Fecha
20 abr 2026
Materia
sin clasificar
Sentido

Holding · resolución sintética

El cobro de derechos por la expedición de copias certificadas de documentos, para ser constitucional, debe guardar una relación razonable con el costo que para el Estado implica la prestación de dicho servicio, sin que persiga fines de lucro.

Resumen

La Comisión Nacional de los Derechos Humanos impugnó diversas leyes de ingresos municipales del Estado de Morelos para el ejercicio fiscal 2025, argumentando que los cobros por la expedición de copias certificadas de documentos eran excesivos y desproporcionados, vulnerando los principios de proporcionalidad y equidad tributaria. El Tribunal Pleno determinó que, si bien la expedición de copias certificadas implica la fe pública del funcionario, la cuota cobrada debe ser acorde al costo del servicio para el Estado y no perseguir lucro, pues se trata de una relación de derecho público. Por lo tanto, las normas que establecen cobros desvinculados del costo real del servicio son inconstitucionales.

Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.