La debida fundamentación de la competencia de un subdirector de fiscalización para emitir una resolución determinante de crédito fiscal, cuando las facultades de comprobación fueron ejercidas por el director general de fiscalización, requiere que el subdirector no solo cite el artículo 28, párrafo primero, de su reglamento interior, sino que acredite la autorización expresa del director general para realizar dicho acto, conforme al penúltimo párrafo del mismo precepto.
Se analiza la debida fundamentación de la competencia de un subdirector de fiscalización para emitir una resolución determinante de crédito fiscal. Se establece que es indispensable que el subdirector no solo cite el artículo 28, párrafo primero, de su reglamento interior, sino que además demuestre la autorización expresa del director general de fiscalización, quien ejerció las facultades de comprobación, para poder actuar en su auxilio, según lo dispuesto en el penúltimo párrafo del mismo artículo.
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