La afectación al derecho de petición, por obstaculización para recibir un escrito, es materia administrativa y no de legalidad o nulidad de un acto de autoridad.
El Pleno Regional en Materias Administrativa y Civil determinó que la imposibilidad de recibir un escrito constituye una afectación al derecho de petición, la cual debe ser analizada en el ámbito administrativo. Esta cuestión no se relaciona con la legalidad o nulidad de un acto de autoridad, sino con la garantía fundamental de solicitar y recibir respuestas de los órganos públicos.
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