La inoperancia de un argumento de inconstitucionalidad se actualiza cuando el precepto tildado de inconstitucional no fue aplicado por la autoridad.
El Tribunal Colegiado calificó de inoperante el alegato de inconstitucionalidad del artículo 128 del Código Federal de Procedimientos Penales, al determinar que dicho precepto no fue aplicado por el Ministerio Público, sino que solo se utilizó para hacerle saber sus derechos al quejoso. Por lo anterior, el argumento de inconstitucionalidad resultó inoperante, lo que llevó a la concesión del amparo por otras violaciones procesales.
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