La prueba de inspección es idónea para acreditar el salario promedio y las semanas cotizadas para la cuantificación de pensiones, cuando de su desahogo se desprendan elementos suficientes para ello, actualizando una excepción a la regla general que la considera inadecuada.
El Tribunal Colegiado revisa la negativa de amparo contra la resolución de un incidente de liquidación de pensión. Se confirma la sentencia recurrida al considerar que, si bien existe jurisprudencia que señala la prueba de inspección como inadecuada para determinar semanas cotizadas y salario promedio, en el caso concreto, los datos recabados en dicha prueba permitieron a la Junta establecer con precisión dichos elementos, actualizando una excepción a la regla general. Por lo anterior, se niega el amparo y se solicita la sustitución de la jurisprudencia citada.
Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.