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8/2025SCJN11ª Época✓ Fuente verificada
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PLENO

El derecho de petición se vulnera cuando una autoridad omite dictar el laudo correspondiente, pues dicha omisión impide al gobernado conocer la resolución de fondo de su controversia y, por ende, imposibilita la ejecución de lo resuelto.

Expediente
8/2025
Tribunal
Suprema Corte de Justicia de la Nación
Ponente
MARÍA ESTELA RÍOS GONZÁLEZ
Fecha
22 ene 2026
Materia
sin clasificar
Sentido

Holding · resolución sintética

El derecho de petición se vulnera cuando una autoridad omite dictar el laudo correspondiente, pues dicha omisión impide al gobernado conocer la resolución de fondo de su controversia y, por ende, imposibilita la ejecución de lo resuelto.

Resumen

La Suprema Corte de Justicia de la Nación determinó que el derecho de petición se viola si una autoridad no emite el laudo en un procedimiento laboral. Esta omisión impide al afectado conocer la resolución de su caso y ejecutar lo dictaminado. En el caso concreto, se ordenó al Pleno del Tribunal de Arbitraje y Escalafón del Estado de Jalisco continuar con la ejecución de un laudo, a pesar de las prórrogas solicitadas y las multas impuestas por la falta de cumplimiento.

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