La notificación de actos administrativos distintos a emplazamientos y resoluciones definitivas, realizada por rotulón, es ilegal si la autoridad no justifica la imposibilidad de utilizar medios de notificación más eficaces y directos, como el correo ordinario o la mensajería, vulnerando así la garantía de audiencia del gobernado.
El Tribunal Federal de Justicia Administrativa declaró la nulidad de una resolución administrativa al considerar que la notificación del acuerdo de alegatos, realizada por rotulón, fue ilegal. La autoridad no demostró la imposibilidad de utilizar otros medios de notificación más directos y eficaces, lo que dejó al demandante en estado de indefensión y violó su garantía de audiencia. Por ello, se ordenó reponer el procedimiento desde la emisión del acuerdo de alegatos, notificándolo conforme a derecho.
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