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17/2024TCC11ª Época✓ Fuente verificada
Verificado contra fuente oficial
Tercer Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Sexto Circuito

La negativa del amparo procede cuando los conceptos de violación no controvierten las consideraciones que sustentan el acto reclamado, impidiendo el análisis de constitucionalidad de las normas aplicadas.

Expediente
17/2024
Tribunal
Tercer Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Sexto Circuito
Ponente
Luis Ramón Marín Barrera
Fecha
13 may 2026
Materia
administrativa
Sentido

Holding · resolución sintética

La negativa del amparo procede cuando los conceptos de violación no controvierten las consideraciones que sustentan el acto reclamado, impidiendo el análisis de constitucionalidad de las normas aplicadas.

Resumen

El tribunal colegiado negó el amparo solicitado, al determinar que los argumentos presentados por el quejoso no combatieron eficazmente las razones expuestas en la sentencia reclamada. Al no existir una confrontación directa con los fundamentos del acto, el tribunal se vio imposibilitado para realizar el estudio de constitucionalidad del artículo 59, fracción III, del Código Fiscal de la Federación, tal como pretendía el actor.

Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.