La notificación de actos administrativos es ilegal si el notificador no asienta datos objetivos que permitan constatar que se actuó en el domicilio correcto y con persona que dará noticia al interesado, especialmente cuando el tercero con quien se entiende la diligencia omite proporcionar su nombre, identificación o la razón de su presencia en el lugar.
Se declara la nulidad lisa y llana de una resolución administrativa que impuso una multa. La ilegalidad se fundamenta en dos aspectos principales: primero, la notificación de la resolución no cumplió con las formalidades legales al no asentar datos objetivos que acreditaran la certeza de la diligencia, contraviniendo los artículos 35 y 36 de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo y la jurisprudencia aplicable. Segundo, se determinó que la autoridad incurrió en caducidad al no emitir la resolución dentro de los plazos legales establecidos en el artículo 123 de la Ley Federal de Protección al Consumidor y el artículo 60 de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo.
Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.