La negativa de permitir el acceso a los verificadores de la autoridad para llevar a cabo una visita de inspección, debidamente circunstanciada en el acta respectiva, constituye una infracción que, por sí sola, genera la imposición de una sanción administrativa, independientemente de las irregularidades que pudieran existir en la orden de inspección.
La Sala Regional en Chiapas del Tribunal Federal de Justicia Administrativa resolvió un juicio contencioso administrativo donde la actora impugnaba una multa impuesta por la Comisión Nacional del Agua. La actora argumentó diversas ilegalidades en la orden de inspección y en su notificación. Sin embargo, la Sala determinó que la multa se impuso debido a que la actora impidió el acceso a los verificadores, lo cual constituye una infracción autónoma a la obligación de permitir las facultades de comprobación de la autoridad, haciendo inatendibles los argumentos sobre la legalidad de la orden de inspección.
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