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1057/2023ConcedeTCC11ª Época✓ Fuente verificada
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SJF · Ejecutoria

La faceta punitiva y resarcitoria del daño moral debe analizarse al cuantificar la indemnización por daño moral, sin necesidad de que los daños punitivos se reclamen como una pretensión autónoma.

Expediente
1057/2023
Tribunal
Gaceta del Semanario Judicial de la Federación
Ponente
Fecha
1 sep 2025
Materia
sin clasificar
Sentido
concede

Holding · resolución sintética

La faceta punitiva y resarcitoria del daño moral debe analizarse al cuantificar la indemnización por daño moral, sin necesidad de que los daños punitivos se reclamen como una pretensión autónoma.

Resumen

El presente caso aborda la procedencia del análisis de la faceta punitiva y resarcitoria del daño moral. La víctima de un accidente reclamó una indemnización, y en diversas instancias se discutió la cuantificación del daño moral. El Tribunal Colegiado negó el amparo al considerar que los daños punitivos debían reclamarse como una acción autónoma. La Suprema Corte revocó esta decisión, sosteniendo que la faceta punitiva y resarcitoria es un componente del daño moral que debe ser analizado por el juzgador al cuantificar la indemnización, sin necesidad de una reclamación independiente.

Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.