El pago adicional de una tasa sobre dividendos, aun cuando se permita acreditar el ISR pagado por la sociedad, es inconstitucional al infringir los principios de proporcionalidad y equidad tributaria.
La Suprema Corte de Justicia de la Nación analizó la constitucionalidad de una tasa adicional del 10% sobre dividendos distribuidos a personas físicas, independientemente del cálculo anual. Se argumentó que esta medida, si bien buscaba armonizar el sistema tributario y evitar un aumento en la tasa del ISR empresarial, violaba los artículos 14 y 16 constitucionales al infringir los principios de proporcionalidad y equidad tributaria. La Corte determinó que el gravamen adicional, al no considerar la capacidad contributiva real del contribuyente y generar una carga desproporcionada, era inconstitucional.
Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.