El incremento en la tasa de un tributo faculta a los contribuyentes para impugnar la totalidad de los preceptos que integran el sistema normativo del mismo, aun aquellos que no fueron modificados directamente, en virtud de que la reforma altera su sentido y alcance.
El Tribunal Colegiado determinó que el aumento en la tasa del impuesto sobre nóminas en el Estado de Nuevo León, establecido en el artículo 157 de su Ley de Hacienda, faculta a los contribuyentes para impugnar la totalidad de los artículos que conforman dicho tributo, incluyendo aquellos que no fueron reformados directamente. Esto se debe a que la reforma a la tasa altera la mecánica de cálculo y pago del impuesto, afectando su sentido y alcance como un sistema normativo unificado. Por lo tanto, se considera que el incremento en la tasa genera un nuevo impuesto susceptible de control constitucional, permitiendo la impugnación de todos sus elementos esenciales.
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