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TFJA · Sala Regional en San Luis Potosí

La nulidad de una resolución que impone multas por no presentar declaraciones a través de medios electrónicos se actualiza cuando la autoridad no acredita la existencia de un requerimiento previo o de alguna otra gestión tendiente a la comprobación del cumplimiento de las disposiciones fiscales antes de que el contribuyente presente espontáneamente las declaraciones omitidas.

Expediente
690/25-25-01-4
Tribunal
Tribunal Federal de Justicia Administrativa
Ponente
Fecha
1 jun 2026
Materia
fiscal
Sentido
otro

Holding · resolución sintética

La nulidad de una resolución que impone multas por no presentar declaraciones a través de medios electrónicos se actualiza cuando la autoridad no acredita la existencia de un requerimiento previo o de alguna otra gestión tendiente a la comprobación del cumplimiento de las disposiciones fiscales antes de que el contribuyente presente espontáneamente las declaraciones omitidas.

Resumen

La Sala Regional en San Luis Potosí resolvió un juicio en el que la actora impugnaba multas impuestas por no presentar declaraciones fiscales a través de medios electrónicos. La actora argumentó que presentó las declaraciones de forma espontánea antes de que la autoridad le notificara la resolución impugnada. El Tribunal determinó que, si bien la actora presentó las declaraciones de forma extemporánea, el cumplimiento fue espontáneo respecto a dos de las obligaciones fiscales, ya que las declaraciones se presentaron antes de que la autoridad le notificara la resolución impugnada. Por lo tanto, se declaró la nulidad de la resolución en cuanto a las multas correspondientes a esas obligaciones, al actualizarse la excepción prevista en el artículo 73 del Código Fiscal de la Federación.

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