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180/2020ConcedeSCJN11ª Época✓ Fuente verificada
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SEGUNDA SALA

El objeto de las órdenes de visita y de los actos de fiscalización debe ser específico y determinado, no genérico, para garantizar la seguridad jurídica del gobernado y evitar abusos de autoridad.

Expediente
180/2020
Tribunal
Suprema Corte de Justicia de la Nación
Ponente
JAVIER LAYNEZ POTISEK
Fecha
8 sep 2021
Materia
sin clasificar
Sentido
concede

Holding · resolución sintética

El objeto de las órdenes de visita y de los actos de fiscalización debe ser específico y determinado, no genérico, para garantizar la seguridad jurídica del gobernado y evitar abusos de autoridad.

Resumen

La Suprema Corte de Justicia de la Nación determinó que las órdenes de visita y los actos de fiscalización deben tener un objeto específico y determinado, no genérico. Esto se fundamenta en la interpretación del artículo 16 constitucional, que busca limitar el ejercicio abusivo de las atribuciones de la autoridad y otorgar seguridad jurídica a los gobernados. En el caso, se consideraron inconstitucionales las órdenes que pretendían verificar un listado de conductas no relacionadas entre sí, o que dejaban abierta la posibilidad de revisar cualquier contravención a la ley, por ser genéricas. Por extensión, los actos de ejecución derivados de estas órdenes también fueron declarados inconstitucionales.

Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.