La procedencia del beneficio tributario, como la devolución de impuestos, se actualiza desde la entrada en vigor de la disposición interpretada, y no está supeditada a la emisión de una jurisprudencia posterior que la reconozca.
El presente caso aborda la procedencia de una devolución de impuestos. Se determina que el derecho a dicho beneficio tributario surge desde la entrada en vigor de la disposición legal aplicable, y no depende de la emisión de una jurisprudencia posterior que lo confirme. Por lo tanto, los efectos de un fallo que reconozca este derecho no pueden limitarse a un periodo posterior a la presentación de una consulta fiscal, resultando inaplicable la jurisprudencia invocada en ese contexto.
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