La Suprema Corte de Justicia de la Nación ha establecido que el artículo 25 de la Ley de Ingresos de la Federación, al fijar la mecánica de compensación, no contraviene los principios de proporcionalidad y equidad tributarias, y que dicha mecánica persigue un fin constitucionalmente válido.
El tribunal colegiado revocó la sentencia que había otorgado el amparo a la parte quejosa, negando la protección constitucional solicitada. La controversia giraba en torno a la constitucionalidad del artículo 25, fracciones VI, incisos a) y b), de la Ley de Ingresos de la Federación para 2019, y su conexión con reglas de la Resolución Miscelánea Fiscal. El tribunal determinó que la Suprema Corte ya se ha pronunciado sobre la constitucionalidad de estas normas, estableciendo que no violan las garantías de proporcionalidad y equidad tributarias, y que la mecánica de compensación establecida persigue un fin constitucionalmente válido.
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