La tercería en un procedimiento administrativo de ejecución de carácter fiscal debe plantearse a través del recurso de revocación, y no en la vía mercantil.
Se niega el amparo a un quejoso que intentó plantear una tercería en la vía mercantil, cuando debió haberla promovido mediante el recurso de revocación dentro del propio procedimiento administrativo de ejecución fiscal. El tribunal determinó que la vía correcta para dirimir la controversia era la administrativa, al tratarse de un asunto de naturaleza fiscal.
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