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78/2021TCC11ª Época✓ Fuente verificada
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Segundo Tribunal Colegiado en Materias Civil y Administrativa del Decimotercer Circuito, con residencia en Oaxaca, Oaxaca

La tercería en un procedimiento administrativo de ejecución de carácter fiscal debe plantearse a través del recurso de revocación, y no en la vía mercantil.

Expediente
78/2021
Tribunal
Segundo Tribunal Colegiado en Materias Civil y Administrativa del Decimotercer Circuito, con residencia en Oaxaca, Oaxaca
Ponente
Luz Idalia Osorio Rojas
Fecha
19 nov 2021
Materia
civil
Sentido

Holding · resolución sintética

La tercería en un procedimiento administrativo de ejecución de carácter fiscal debe plantearse a través del recurso de revocación, y no en la vía mercantil.

Resumen

Se niega el amparo a un quejoso que intentó plantear una tercería en la vía mercantil, cuando debió haberla promovido mediante el recurso de revocación dentro del propio procedimiento administrativo de ejecución fiscal. El tribunal determinó que la vía correcta para dirimir la controversia era la administrativa, al tratarse de un asunto de naturaleza fiscal.

Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.