La obligación de las autoridades fiscales de informar al contribuyente sobre su derecho a corregir su situación fiscal y los beneficios de hacerlo, se cumple con la entrega de la Carta de los Derechos del Contribuyente y el asentamiento de ello en la actuación correspondiente, al inicio de las facultades de comprobación.
La Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación determinó que la obligación de las autoridades fiscales de informar al contribuyente sobre su derecho a corregir su situación fiscal, prevista en el artículo 13 de la Ley Federal de los Derechos del Contribuyente, se cumple con la entrega de la Carta de los Derechos del Contribuyente y el asentamiento de ello en la actuación correspondiente. Esta interpretación se basa en la concordancia con el artículo 2o., fracción XII, de la misma ley, y es suficiente para tener por satisfecho el deber de informar, sin necesidad de una redacción específica al momento de notificar la orden de visita o el acta parcial de inicio.
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