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158/2021NiegaSCJN11ª Época✓ Fuente verificada
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PLENO

Las medidas de seguridad y protección que garantizan a exfuncionarios de primer nivel del Estado de Tamaulipas, por un periodo igual al que duraron en su encargo y que puede ser prorrogable, no contravienen la garantía de igualdad frente al resto de los ciudadanos, pues se trata de una medida de seguridad pública justificada por el riesgo inherente a sus cargos.

Expediente
158/2021
Tribunal
Suprema Corte de Justicia de la Nación
Ponente
YASMÍN ESQUIVEL MOSSA
Fecha
1 jul 2024
Materia
sin clasificar
Sentido
niega

Holding · resolución sintética

Las medidas de seguridad y protección que garantizan a exfuncionarios de primer nivel del Estado de Tamaulipas, por un periodo igual al que duraron en su encargo y que puede ser prorrogable, no contravienen la garantía de igualdad frente al resto de los ciudadanos, pues se trata de una medida de seguridad pública justificada por el riesgo inherente a sus cargos.

Resumen

La Suprema Corte de Justicia de la Nación analizó la constitucionalidad de disposiciones que otorgan medidas de seguridad y protección a exfuncionarios de primer nivel del Estado de Tamaulipas. Los quejosos argumentaron que estas medidas violan la garantía de igualdad al otorgar privilegios a exfuncionarios sobre el resto de los ciudadanos. Sin embargo, la Corte determinó que estas medidas están justificadas por el riesgo inherente a los cargos que ocuparon dichos funcionarios, siendo una medida de seguridad pública que no contraviene la Constitución.

Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.