El acta proveído que impone una multa por infracción, constituye una determinación de la infracción y de la sanción correspondiente, que crea un derecho favorable a la actora, y solo puede ser desconocida mediante el juicio de anulación correspondiente.
Se determina que un acta proveído, al imponer una multa por una infracción, no es solo un registro de antecedentes, sino una determinación de la infracción y la sanción. Esta determinación genera un derecho a favor del infractor, el cual no puede ser desconocido por la autoridad fiscal sino a través del juicio de anulación previsto en la Ley Orgánica del Tribunal Fiscal de la Federación.
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