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34/2021NiegaTCC11ª Época✓ Fuente verificada
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SJF · Ejecutoria

El requisito de no contar con diversa sentencia condenatoria firme para acceder a beneficios preliberacionales, previsto en la Ley Nacional de Ejecución Penal, no contraviene los principios de non bis in idem ni el derecho penal de acto, al constituir una medida de política criminal razonable y proporcional para fomentar la reinserción social.

Expediente
34/2021
Tribunal
Gaceta del Semanario Judicial de la Federación
Ponente
Fecha
6 sep 2021
Materia
sin clasificar
Sentido
niega

Holding · resolución sintética

El requisito de no contar con diversa sentencia condenatoria firme para acceder a beneficios preliberacionales, previsto en la Ley Nacional de Ejecución Penal, no contraviene los principios de non bis in idem ni el derecho penal de acto, al constituir una medida de política criminal razonable y proporcional para fomentar la reinserción social.

Resumen

La Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación determinó que los artículos 137, fracción I, y 141, fracción I, de la Ley Nacional de Ejecución Penal, que exigen no tener otra sentencia condenatoria firme para acceder a beneficios preliberacionales como la libertad condicionada y anticipada, son constitucionales. Se consideró que este requisito no viola el principio non bis in idem ni el derecho penal de acto, ya que no implica un doble juzgamiento ni una sanción adicional, sino que es una medida de política criminal válida para incentivar la reinserción social y la seguridad pública.

Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.