La falta de fundamentación y motivación de la competencia de la autoridad emisora de un acto administrativo, al invocar un ordenamiento legal abrogado, actualiza la causal de nulidad prevista en la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo.
El Tribunal Federal de Justicia Administrativa declaró la nulidad lisa y llana de una boleta de infracción. La autoridad emisora fundamentó su competencia en una ley que ya había sido abrogada al momento de la emisión del acto. Esta omisión, al no citar los preceptos legales vigentes que le otorgaban facultades, dejó al particular en estado de indefensión, contraviniendo los artículos 16 Constitucional y 3, fracción V, de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo.
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