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6/2013ConcedeTCC10ª Época✓ Fuente verificada
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SJF · Ejecutoria

Los derechos por servicios registrales que se calculan con base en el valor de la operación a inscribir, y no en el costo real del servicio prestado por el Estado, contravienen los principios de proporcionalidad y equidad tributaria.

Expediente
6/2013
Tribunal
Gaceta del Semanario Judicial de la Federación
Ponente
Fecha
3 mar 2014
Materia
sin clasificar
Sentido
concede

Holding · resolución sintética

Los derechos por servicios registrales que se calculan con base en el valor de la operación a inscribir, y no en el costo real del servicio prestado por el Estado, contravienen los principios de proporcionalidad y equidad tributaria.

Resumen

La Suprema Corte de Justicia de la Nación determinó que el artículo 321, numeral 1, de la Ley de Hacienda del Estado de Sonora, al establecer el cobro de derechos por servicios registrales con base en el valor de la operación a inscribir (5 al millar), en lugar de atender al costo real del servicio, viola los principios de proporcionalidad y equidad tributaria consagrados en el artículo 31, fracción IV, de la Constitución Federal. La Corte enfatizó que los derechos deben reflejar el costo del servicio y ser equitativos entre los usuarios, no depender del valor de la transacción.

Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.