La denuncia de repetición del acto reclamado es improcedente cuando el Tribunal Colegiado del conocimiento ha determinado que la ejecutoria de amparo se encuentra cumplida en sus términos.
El presente asunto deriva de un juicio de amparo directo en el que se concedió la protección federal a la quejosa. Posteriormente, el Tribunal Colegiado determinó que la ejecutoria de amparo se encontraba cumplida. Sin embargo, la quejosa presentó una denuncia de repetición del acto reclamado. El Tribunal Colegiado declaró sin materia dicha denuncia. En el recurso de inconformidad, se analiza la procedencia de la denuncia de repetición del acto reclamado ante la determinación de cumplimiento de la ejecutoria.
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