El sobreseimiento de un juicio de nulidad procede si la autoridad demandada deja sin efecto la resolución impugnada y con ello se satisface la pretensión del demandante, aun cuando la revocación se deba a un error del sistema institucional de la autoridad.
La Décima Sala Regional del Tribunal Federal de Justicia Administrativa determinó sobreseer el juicio respecto a una de las resoluciones impugnadas, al actualizarse la causal de sobreseimiento prevista en el artículo 9, fracción IV de la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo. Esto ocurrió porque la autoridad demandada dejó sin efectos dicha resolución debido a un error en su sistema, lo cual satisfizo la pretensión de la parte actora. Respecto a la segunda resolución, se reconoció su validez al considerar infundados los argumentos de la actora en cuanto a la espontaneidad del pago y la aplicación de beneficios fiscales.
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