El recurso de revisión contra una interlocutoria que decide sobre la suspensión definitiva carece de materia cuando el juicio de amparo principal se resuelve en definitiva, pues ya no existe la necesidad de preservar la materia de la suspensión.
El Primer Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Decimosegundo Circuito determinó que un recurso de revisión interpuesto contra una interlocutoria sobre suspensión definitiva ha quedado sin materia. Esto se debe a que el juicio de amparo indirecto principal, al cual estaba vinculado el recurso, ya fue resuelto en definitiva concediendo el amparo a la quejosa y dicha resolución causó ejecutoria. Por lo tanto, la finalidad de la suspensión, que es preservar la materia del juicio, ya no es necesaria.
Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.